Arraigo Segunda Oportunidad

El arraigo de segunda oportunidad es una nueva modalidad de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales en España, diseñada para regularizar la situación de extranjeros que han perdido su autorización de residencia en los dos años anteriores a la solicitud. Esta figura, introducida en la reforma del Reglamento de Extranjería que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025, busca facilitar la reintegración de estas personas en la sociedad española.

Requisitos principales:

Documentación necesaria:

Procedimiento de solicitud:

  1. Preparación de la documentación: Reunir todos los documentos necesarios, asegurándose de que estén actualizados y, en su caso, legalizados y traducidos al español.
  2. Presentación de la solicitud: La solicitud se debe presentar en la Oficina de Extranjería de la provincia donde el solicitante tenga su domicilio. Es recomendable solicitar cita previa y verificar los medios de presentación disponibles (presencial o telemática).
  3. Pago de tasas: Abonar las tasas correspondientes al trámite de autorización de residencia por circunstancias excepcionales.
  4. Resolución del expediente: La administración tiene un plazo de tres meses para resolver la solicitud. Si no hay respuesta en este periodo, se entiende que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Toma de huellas y expedición de la tarjeta: Una vez concedida la autorización, el solicitante debe acudir a la comisaría de policía para la toma de huellas y la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Consideraciones adicionales:

Arraigo Socioformativo

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  • Tasas Íncluidas
  • IVA incluído en el precio
  • Cita previa huellas incluído en el servicio